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Desarrollo Social / GESTIÓN EMPRESARIAL

Pr?cticas programas de salud

Esta etapa de formación es en la cual el estudiante CENSA aplica, complementa, fortalece y consolida sus competencias, en términos de conocimiento, habilidades, destrezas, actitudes y valores.


El estudiante aplicar los conocimientos teóricos en la resolución de problemas reales del sector productivo, asumiendo estrategias y metodologías de autogestión pertinentes a las competencias de su programa de formación.

 

Paso a paso asignación a prácticas

 

El estudiante deberá diligenciar la hoja de vida de prácticas para los programas de salud, con letra Arial 10, sin dejar espacios en blanco y adjuntando foto reciente tamaño documento fondo blanco o azul.

 

Descarga aquí las hojas de vida para los programas de salud

  

 

El estudiante deberá ingresar la información personal (en letra mayúscula) al formulario de prácticas virtual y debe adjuntar todos los requisitos de práctica solicitados en la hoja de vida en el orden solicitado, en un solo archivo. (PDF).

 

Clic aquí para diligenciar el formulario de prácticas para la Escuela de Salud

   

 

La coordinación de prácticas notificará al correo la asignación a cada estudiante.

Nota: información incompleta o mal diligenciada se notificará al correo

 

 

A continuación encontrarás cada uno de los Instrumentos de Evaluación de prácticas formativas en Salud

 

Técnico Laboral Auxiliar en Enfermería

   

 

Técnico Laboral Auxiliar en Servicios Farmacéuticos

    
 
Técnico Laboral Auxiliar en Salud Oral
   
 
Técnico Laboral Auxiliar en Salud Pública
 
Técnico Laboral Auxiliar en Administrativo en Salud
    
 
 
Evaluación de ejecución convenio docencia servicio
 
 
Registro horas de práctica programas de salud
 
 
Técnico Laboral Auxiliar en Clínica Veterinaria
 
 
 

Modalidades de Práctica

La práctica empresarial se puede realizar en una de las siguientes modalidades:

 

Contrato de Aprendizaje.

Ley 789 de 2002.


Es una forma especial de vinculación dentro del Derecho Laboral, sin subordinación y por un plazo no mayor a dos (2) años en la que una persona natural recibe formación teórica en una entidad de formación autorizada con el auspicio de una empresa patrocinadora que suministra los medios para que adquiera formación profesional metódica y completa requerida en el oficio, actividad u ocupación dentro del manejo administrativo, operativo, comercial o financiero propios del giro ordinario de las actividades del patrocinador con exclusividad en las actividades propias del aprendizaje y el reconocimiento de un apoyo de sostenimiento que garantice el proceso de aprendizaje y el cual, en ningún caso, constituye salario.

 

Fases del Contrato de Aprendizaje

Hay una etapa que es la lectiva o académica en la que el estudiante adquiere los conocimientos teóricos en la institución educativa. La empresa patrocinadora le otorga un apoyo de sostenimiento al estudiante del 50% de 1SMLV y cubre la afiliación a EPS.


En la otra fase que es la de etapa práctica o productiva, el estudiante realiza su práctica en la empresa patrocinadora en actividades propias a su programa de formación y le otorga un apoyo de sostenimiento del 100% de 1SMLV y cubre la afiliación a EPS y ARL.


En la etapa productiva, el estudiante dedicará hasta 48 horas semanales al cumplimiento de la misma, previa concertación entre el empleador y el estudiante.

 

Convenio de Práctica

Esta alternativa aplica para aquellos estudiantes que, en calidad de practicantes, ponen sus conocimientos a disposición de una empresa que los requiere. La empresa, por medio de un convenio de cooperación para la realización de prácticas formativas, recibe a los estudiantes sin tener obligación de darle ninguna cuota de sostenimiento.

El convenio es establecido entre la empresa que requiere los practicantes y CENSA una vez se verifican los requisitos de legalidad de la empresa.

 

Condiciones generales de la práctica

  • El estudiante debe estar debidamente matriculado al momento de solicitar la asignación de prácticas. Esta información se debe evidenciar en la plataforma de Q10 académico.

 

  • El estudiante debe asistir, es de carácter obligatorio a la inducción de prácticas, la cual se programará al cumplir la ejecución de las guías teóricas según el cronograma. De no presentarse será sujeto a las sanciones correspondientes consignadas en el actual procedimiento.

 

  • Diligenciar hoja de vida CENSA y documentación requerida. Esta se encuentra en la plataforma Q10 académico.

 

  • Solo podrán ingresar al proceso de asignación de prácticas, los estudiantes que hayan aprobado   todo el componente teórico del programa y cumplan con los requerimientos solicitados.

 

  • El estudiante debe realizar el seminario de preparación para la vida laboral. En este seminario se manejarán diferentes temas de interés de acuerdo a la formación de este que le permiten afianzar y fortalecer sus conocimientos, formando un perfil competitivo para una mejor adaptación al medio laboral.

 

  • Toda la información relacionada con las prácticas será almacenada en la plataforma de Q10 académico.

 

  • Los docentes deben realizar mínimo una visita mensual y máximo dos visitas mensuales, justificando el seguimiento a los estudiantes. Lo anterior aplica para los estudiantes que no se encuentren con docente permanente en sitio de práctica.

 

  • Los estudiantes que tomen la iniciativa de buscar su sitio de práctica deben informar oportunamente a la Institución para la legalización de esta y asignación correspondiente del tutor o docente encargado de realizar el seguimiento respectivo, de lo contrario la práctica no tendrá validez alguna.

 

  • En ningún caso el estudiante podrá aplazar o suspender las prácticas por un periodo superior a (1) un año, en caso de ser así, el estudiante debe retomar sus estudios con plan de estudio vigente para ese periodo, asumiendo la realización completa de las horas practicas del programa y el costo de mismo.

 

  • La asignación de prácticas se realizará en un periodo no superior a 45 días hábiles, previa confirmación de documentación completa por parte de la institución educativa.

 

  • Es obligatorio por parte del estudiante aceptar el sitio de práctica asignado, siempre que el escenario cumpla con lo definido como Escenarios de Práctica del Área de la Salud, según el Artículo 2 del Decreto 2376 del 2010 y lo establecido como Condiciones de los Escenarios de Práctica según el Artículo 4 del Acuerdo 0153 de 2012.  En caso de no hacerlo, se incurre en una falta y el estudiante podrá ser sancionado o suspendido temporalmente para iniciar un nuevo proceso. Dicha suspensión conlleva a un plan de mejoramiento actitudinal.

 

  • La coordinación de prácticas no tiene la obligación ni el compromiso de garantizarle al estudiante ninguna condición específica para la ejecución de la práctica. Por lo tanto, el estudiante no puede exigir que sea ubicado en un determinado escenario, ni ninguna otra condición. Artículo 18, Parágrafo 1, Reglamento de Gestión de Prácticas Empresariales y Formativas CENSA.

 

  • El estudiante deberá aceptar la realización de sus prácticas en la primera IPS que le notifique su asignación y no podrá retirarse una vez haya realizado  todo el procedimiento de confirmación y legalización de las prácticas. En caso de hacerlo,  incurre en una falta y puede ser sancionado o suspendido por un periodo de tres meses para iniciar un nuevo proceso. Dicha suspensión conlleva a un plan de mejoramiento actitudinal. Artículo 32, numeral 2, Reglamento de Gestión de Prácticas Empresariales y Formativas CENSA.

 

  • El estudiante deberá informar a coordinación de la Escuela de Salud la no asistencia del docente y/o cualquier situación que se presente y que pueda interferir con una buena ejecución de sus prácticas.

 

  • Para poder estar vinculado a una empresa en calidad de pasantía o por contrato de aprendizaje, debe existir un convenio marco firmado entre las partes, donde el estudiante debe aceptar las políticas o normas de la empresa o IPS, además deberá conocer y aceptar el Reglamento de Prácticas de CENSA.

 

  • Al terminar el contrato de aprendizaje, la institución debe certificarlas por escrito en papel membrete y/o sello en su defecto, evidenciando nombre completo, cédula, programa del estudiante, fecha de inicio y terminación de las prácticas, horas realizadas y las funciones desempeñadas para los practicantes.

 

  • Cuando el seguimiento del practicante evidencie que no está cumpliendo con las competencias requeridas o alcanzando los objetivos de desempeño pretendido en práctica, el tutor de prácticas debe buscar mejorar sus dificultades académicas o actitudinales realizando una remisión hacia un “Plan de Mejoramiento Psicosocial” del cual se encargará la Coordinación de Bienestar Institucional de CENSA, o un “Plan de Mejoramiento Académico” a cargo del tutor y la coordinación de prácticas.

 

Cancelación de Prácticas

  • Cuando el estudiante practicante presenta situaciones de salud personal prolongadas que afectan la consecución normal y consecutiva de las prácticas.

 

  • Por parte de la IPS donde el estudiante realiza su práctica, bajo una falta grave o delicada que afecte la continuidad de las prácticas; Y/o por parte del Estudiante si se ven violados sus derechos fundamentales.

 

  • Otras situaciones de cancelación de prácticas bajo caso muy extremo deben ser expuestas por escrito para ser estudiadas y evaluadas por la Dirección Académica, coordinación y/o Comité académico.

 

Una vez cancelado un contrato de Aprendiz, el estudiante no podrá celebrar un segundo contrato de aprendizaje, la empresa le certificará el tiempo de su contrato a fin de establecer las horas de práctica y determinar el número de horas faltantes, las cuales cumplirá bajo la modalidad de pasantía, considerando el cumplimiento de las observaciones y motivos asentados en el formato de evaluación de la práctica anterior

Suspensión de Prácticas

A fin de garantizar el debido proceder y cumplimiento de las actividades que exige el proceso de inicio y finalización de las prácticas, una suspensión temporal procede así:

 

  • De Un (1) mes, cuando el estudiante no asista al sitio asignado o incumpla a una (1) cita de entrevista solicitada por las IPS. Por este tiempo no se rotará la hoja de vida para iniciar sus prácticas y se hablará con el estudiante para socializarse la importancia de la responsabilidad y el cumplimiento frente a dicho procedimiento.

 

  • De Tres (3) meses, cuando el estudiante practicante comete faltas como interrupción de las prácticas por propia cuenta sin justa causa o sin informar a la Institución.

 

  • De seis (6) meses, cuando el estudiante practicante comete faltas graves como hurto, agresividad física, violación a información privada, entre otros; que atentan contra el buen funcionamiento de sus prácticas, con la integridad de la Empresa y con el deber SER de todo practicante en sus sitios de práctica. Estas faltas deberán ser evaluadas por el comité académico, los cuales tienen la autonomía según la gravedad de la misma cancelar de forma definitiva las prácticas.

 

  • Causas válidas para inasistencia en sitio de prácticas: se reconocen como causas validas todas aquellas que se encuentren dentro del estatuto de los trabajadores. (incapacidad medica generada por la EPS, calamidad doméstica, estado de embarazo  o lactancia) entre otras. Las demás ausencias serán evaluadas por el comité de prácticas de la institución educativa.

REGLAMENTO DE GESTIÓN DE PRÁCTICAS EMPRESARIALES Y FORMATIVAS CENSA